El pasado 5 de diciembre de 2007 se emitió la actualización del Reglamento de Gas Licuado de Petróleo, el cual prevé la introducción de un nuevo mercado para la comercialización de dicho combustible a nivel nacional: la distribución mediante estaciones de servicio. Este esquema se basa en la comercialización/intercambio de recipientes pequeños con capacidades entre 7.5 y 15 kg de Gas LP, resguardados en gabinetes metálicos que pueden ser colocados en forma aledaña a los accesos del establecimiento. La distribución de gas LP mediante establecimiento comercial (entre los que se incluyen las estaciones de servicio), se realiza desde hace más de 15 años en diversos países europeos y de América Latina tales como Portugal, Suecia, Francia, Chile y Colombia.
Así, a través de nuevos esquemas de negocios, se abre la posibilidad de que las estaciones de servicio puedan expandir su actividad empresarial al tiempo en que se atiende las necesidades del consumidor del gas LP y se fomenta la competitividad en el mercado de distribución de este combustible. En este contexto, la Secretaría de Energía tiene como objetivo diversificar las alternativas de suministro para los consumidores de este combustible, de tal forma que se satisfagan sus principales necesidades de abastecimiento a través de ventajas competitivas como mayor disponibilidad de puntos de venta, flexibilidad en horarios, servicio oportuno y seguro, nuevos esquemas de pago y ahorro, y garantías en contenido neto.
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