Gas L.P. - La nueva alternativa de distribución: el establecimiento comercial

 

Requisitos para la obtención de permisos

 

 

Dentro de este esquema de distribución se puede optar por comercializar el Gas LP bajo cualquiera de las siguientes modalidades:
  1. Comercializar recipientes de otros distribuidores de gas LP, llenados en las instalaciones de estos últimos.  Ver Requisitos
  2. Comercializar recipientes de marca propia, contratando el llenado con otro distribuidor de gas LP. Ver Requisitos
  3. Comercializar recipientes de marca propia, llenados en una planta propiedad del Establecimiento Comercial. Ver Requisitos
  4. Cualquiera de las anteriores, incluyendo reparto a domicilio.

 

Primer Esquema

  1. Escrito libre solicitando el incremento de las Bodegas, señalando el tipo, capacidad y la ubicación de las mismas así como el permiso de Distribución al cual va(n) a pertenecer la(s) Bodega(s) de Distribución.
  2. Anexar los dictámenes técnicos de una Unidad de Verificación aprobada por la Secretaría, determinando que las instalaciones, equipos y programas de mantenimiento, seguridad y contingencias proyectados para la prestación del servicio, cumplen con las Normas Oficiales Mexicanas aplicables.
  3. Pago de Derechos en el formato SAT-5, con clave 400175, por $1,309.00

Es importante señalar que en un solo trámite se puede solicitar el incremento de “N” número de Bodegas de Distribución.

 

Segundo y Tercer esquema

 

Para tramitar su permiso de Distribución mediante  Establecimiento Comercial deberá  dar cumplimiento a los siguientes requisitos:

  1. Solicitud en escrito libre dirigido a la Dirección de Operación y Supervisión de la Dirección General de Gas LP, señalando:
    1. Si es persona física: nombre, domicilio y adjuntar copia certificada de identificación oficial con firma del solicitante.
    2. Si es persona moral: la denominación o razón social, la marca comercial con la que, en su caso, se identifique, domicilio y adjuntar copia certificada del instrumento otorgado ante fedatario público que acredite su constitución como persona moral.
    3. El tipo de permiso que desea obtener.
    4. Las medidas de seguridad con las que se contarán.
    5. El número, tipo, capacidad y ubicación de las Bodegas de Distribución que se utilizarán, así como el número, tipo y capacidad de los Recipientes Portátiles con los que se pretenda llevar a cabo la Distribución, por cada Bodega de Distribución.
    6. El número, tipo y capacidad de los Vehículos de Reparto que, en su caso, se utilizarán, señalando la ubicación de sus Centrales de Guarda.
  2. En su caso, la acreditación de su representante legal, el nombre y domicilio del mismo y de las personas autorizadas para oír y recibir toda clase de notificaciones.
  3. Pago de derechos por $17,900.00 en el formato SAT-5 con la clave 400175.
  4. Dictámenes técnicos de una unidad de verificación aprobada por la SENER. (En tanto no sean actualizadas las NOM´s, la Secretaría determinará, con base en la normatividad aplicable, los términos y condiciones que deberán observar los Permisionarios, para el manejo, resguardo y comercialización de Recipientes Portátiles en Bodegas de Distribución ubicadas en Establecimientos Comerciales, previo al inicio de operaciones correspondiente).
  5. Deberán presentar documentación que contenga, en relación con las especificaciones técnicas, la descripción, ubicación y capacidad de almacenamiento del proyecto, incluyendo los planos civil, mecánico, eléctrico, del sistema contra-incendio, plano-métrico y memorias técnico descriptivas, los cuales deberán incluir el nombre y firma autógrafa del proyectista, del representante legal del solicitante, y de la Unidad de Verificación correspondiente, aprobada por la Secretaría.
  6. Programas de inversión para la realización del proyecto, de conformidad con las características del servicio que pretende prestar.
  7. Copia simple de los documentos que acrediten la propiedad, posesión o título jurídico que permita hacer uso de los terrenos o predios que se vayan a utilizar, incluyendo, en su caso, Centrales de Guarda, identificando el número oficial.

 

Una vez entregado lo anterior, la SENER deberá emitir la resolución que corresponda dentro de los 20 días hábiles siguientes a la entrega de la solicitud correspondiente, en caso de incumplimiento.

 


 
No olvides que...

La distribución de cilindros con gas LP mediante establecimiento comercial:

  • Cumple con las Normas Oficiales Mexicanas
  • Es utilizada internacionalmente en países como Chile, Colombia, Costa Rica, España, Francia, Portugal, Perú, entre otros.
  • Seguridad Probada: No hay registros de accidentes de consideración.
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Dirección General de Gas L.P.

*La nueva modalidad de comercialización de Gas LP se establece en el Reglamento correspondiente publicado en el Diario Oficial de la Federación, en diciembre de 2007.